Las prestaciones médicas y las  tareas de prevención del sistema han mejorado. Hoy, las sumas en conceptos indemnizatorios son más elevadas. Sin embargo, paradójicamente, las reformas introducidas en 2012 a través de la sanción de la Ley 26.773, que mejoraron aspectos centrales del régimen, no frenaron la ascendente cantidad de juicios contra el sistema. Estamos en una instancia en la cual la Justicia no garantiza igualdad de derechos ante la ley, ya que existe una muy amplia disparidad de criterios entre los distintos juzgados.

 

Por Juan H. González Gaviola –superintendente de Riesgos del Trabajo-.

Superintendente de Riesgos del Trabajo

Juan H. González Gaviola – Superintendente de Riesgos del Trabajo

A pesar del esfuerzo que se ha hecho para ponerse en línea con los fallos de inconstitucionalidad contra el sistema, la cantidad de juicios sigue creciendo. Esta situación tiene dos orígenes: en primer lugar, no existe una unicidad de criterios sobre cómo se determina el daño en el sistema administrativo y el judicial. Y dentro del sistema administrativo aún existe una mayor dispersión en este tema.

La segunda cuestión es que se pretende obtener indemnización por enfermedades que no son laborales. Algunos trabajadores, incentivados por abogados “caranchos” inventan enfermedades inexistentes, lo cual ya es fraudulento. En este sentido, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo inició causas penales para combatir el fraude. Muchas de ellas aún están en proceso.

En algunos casos la Justicia llegó a determinar la privación de la libertad de los involucrados en los fraudes. Se llevaron adelante procesos judiciales a médicos, abogados y otras personas en Córdoba, Tucumán, Entre Ríos, Santa Fe, Mendoza, Mar del Plata y Zárate (en la provincia de Buenos Aires), entre otros casos.

Antes de que varias Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) implementaran sus propios departamentos internos de control de fraude, la SRT ya había advertido que este comportamiento delictivo por parte de algunos inescrupulosos era un problema. Por eso desarrolló su propio sistema investigativo y está fomentando por una participación más activa de las ART en relación al combate del fraude.

Pensamos que es fácil para las aseguradoras trasladar el mayor costo originado en el fraude a las alícuotas, pero no es justo para el sistema. Por ello, entendemos que luchar contra el fraude es un deber de todas las partes involucradas. Hoy, el componente judicial representa entre el 30 y el 50% del costo de la alícuota. Si pudiéramos bajar los índices de litigiosidad, a partir de la unificación de criterios, podríamos bajar mucho el costo.

Estamos en una situación en la cual la Justicia no garantiza igualdad de derechos ante la ley, porque existe una amplia disparidad de criterios entre los distintos juzgados. Algunos juzgados aplican lo establecido en la última reforma del sistema con efectos retroactivos y otros no lo hacen. Algunos aplican el baremo de la Ley de Riesgos del Trabajo y otros no. Algunos calculan los coeficientes de actualización sobre determinadas bases y otros utilizan otros métodos de cálculo. Y también se dan todas las combinaciones posibles entre las diversidades mencionadas.

Entonces, en casos donde dos trabajadores presentan una misma lesión, y sus condiciones salariales y de edad son similares, nos encontramos con que las reparaciones que reciban al final del proceso judicial pueden ser muy diferentes, dependiendo del juzgado en el que caiga la causa.

Esto también se aplica para la instancia administrativa que encarnan las Comisiones Medicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, ámbito en el que también existe disparidad de criterios. En este sentido, permanentemente estamos capacitando a los profesionales para unificar criterios dentro del sistema administrativo. No somos ajenos a esta situación.

Un indicador negativo que estamos observando es que, a pesar de la alta tecnología médica desarrollada, año a año se suma mayor cantidad de días a la recuperación de una dolencia. Desde el punto de vista científico no hay justificación para que se demore la recuperación de un trabajador, sobre todo con los grandes avances en materia de diagnóstico y tratamiento que la medicina ha alcanzado.

Hoy tenemos un promedio de 33 días de recuperación para un trabajador lesionado. Teniendo en cuenta que se producen cerca de 600.000 accidentes al año (incluyendo los que ocurren in itinere), ello implica que anualmente se pierden cerca de 18 millones de jornales en forma directa.

Indirectamente, la afectación es mayor porque los trabajadores accidentados son reemplazados por otros trabajadores, los que en muchos casos tienen menor nivel de especialización que el trabajador en recuperación, lo que también afecta la productividad.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que un paciente que se recupera en un lapso más prolongado que el recomendable se recupera mal. Esto carece de lógica y atenta contra la competitividad del sistema. Además, este déficit y el de la elevada judicialización, elevan el costo de la cobertura. Por ello, estamos exigiendo a las ART para que acorten los plazos de recuperación de los trabajadores accidentados.

Sin embargo, y a pesar de estos problemas, el balance de la marcha del sistema de riesgos del trabajo en Argentina es positivo, teniendo en cuenta los objetivos logrados. La prevención está mejorando, algo que queda evidenciado en los índices de siniestralidad, que disminuyen constantemente.  Alcanzamos el número más alto en la historia de trabajadores con cobertura social (más de 9 millones) y la accidentabilidad laboral es mucho menor que en el pasado.

Además, mejoró la calidad de las prestaciones médicas. Hay más control por parte de la SRT, que desde hace tiempo tomó la decisión de realizar controles en el lugar mismo donde se brindan las prestaciones medicas. Y se han diseñado protocolos para indicar el nivel de prestaciones mínimas en calidad y en oportunidad que se debe dar al trabajador.

Juan H. González Gaviola

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