En una entrevista especial que nos concedió el presidente de F.A.M.E.T.R.A, Oscar Manduca, analizamos los alcances de la Resolución 905/15 de la S.R.T.

 

Dr. Oscar Manduca - Presidente de F.A.M.E.T.R.A.

Dr. Oscar Manduca – Presidente de F.A.M.E.T.R.A.

El pasado mes de mayo, la Superintendencia de Riesgo del Trabajo, estableció a través de la Resolución 905/15  las funciones que deberán desarrollar los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de Medicina del Trabajo, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto N° 1338/96.

Entre otras cosas, la normativa que ya entró en vigencia, establece la obligatoriedad por parte de las empresas, de contar con esos servicios, a la vez que establece las condiciones mínimas que se consideran necesarias para llevar a cabo un correcto control de las condiciones y medio ambiente del trabajo.

La revista Salud Laboral del Centro Médico Integral Fitz Roy, se entrevistó con el especialista en la materia, el Dr. Oscar Manduca, presidente de F.A.M.E.T.R.A (Federación Argentina de Medicina del Trabajo) para conocer su valoración respecto de la nueva normativa.

R.S.L: -¿Doctor, qué establece exactamente la Resolución 905/15?

O.M: -La legislación anterior no especificaba cuáles eran los roles de los médicos de medicina laboral en las empresas y en todo el sistema de riesgo del trabajo en general. Las ART estaban encargadas prácticamente de todo, y con el tiempo se fue constatando que en eso era inviable. La nueva normativa, vino a establecer de forma legal, algo que ya venía dándose de hecho: las empresas necesitan disponer de un profesional de la salud laboral de forma cotidiana en sus instalaciones.

R.S.L: -¿Por qué considera Ud. que esto es importante?

O.M: -En primer lugar, creo que es importante dado que ayuda a profesionalizar al sistema de la salud laboral, porque en ocasiones, algunos profesionales de la salud consideran que cuentan con la aptitud profesional necesaria para llevar a cabo esta tarea, y eso no es cierto. El médico laboral tiene conocimientos específicos que son muy importantes a la hora de llevar un seguimiento de la historia clínica de un empleado.

R.S.L: Es importante la prevención, ¿verdad?

O.M: Mire, las enfermedades laborales pueden ser incapacitantes o hasta incluso mortales, pero tienen un proceso largo. No sirve detectarlas cuando la enfermedad ha sido declarada, sino que es importante hacer una pesquisa eficaz que identifique los primeros signos y síntomas o,  fundamentalmente, las condiciones y el medio  ambiente de trabajo que pueden originar una enfermedad profesional. En este sentido, que la ley establezca que un profesional de la salud, especializado en este aspecto, deba obligatoriamente desarrollar tareas de prevención, me parece muy importante.

R.S.L: ¿Qué otro aspecto destaca de la resolución?

O.M: Me parece de una gran importancia el hecho de que se haya establecido la obligatoriedad que tienen las A.R.T de hacer llegar al profesional médico de la empresa los resultados de los estudios periódicos. Eso no sucedía hasta ahora ya que sólo se elaboraba un informe que quedaba en poder de las aseguradoras. Desde hoy, esos resultados deberán ser remitidos al médico que deberá cotejar la evolución de la salud del empleado y tendrá que confeccionar una historia clínica laboral para tomar medidas si fuera necesario.

R.S.L: ¿En cuanto al servicio de Higiene y Seguridad qué estableció esta normativa?

O.M: -Ese es otro aspecto muy importante que debemos destacar. La normativa pone en cabeza del profesional de la salud y del ingeniero en seguridad e higiene, la confección del mapa de riesgo, creando desde ahora una zona de trabajo en conjunto que atañe a ambos profesionales. Esta nueva dinámica de colaboración entre estas dos ciencias, abre un camino promisorio en lo que se refiere a la prevención de las enfermedades o accidentes laborales, ya que cada una aporta conocimientos específicos pero que apuntan al mismo fin.

R.S.L:-¿Por último doctor, qué tareas viene realizando la Federación Argentina de Medicina del Trabajo?

O.M: -F.A.M.E.T.R.A es una organización que nuclea a todos los profesionales de la Medicina del Trabajo a nivel federal. Nació con el objetivo de otorgar representatividad a los profesionales de todos los puntos del país, ya que antes, algunas provincias tenían su Sociedad de Medicina del Trabajo pero no había una representación centralizada. En este sentido, luego de obtener nuestra personería jurídica, contamos ya con más de 17 participantes (algunas en proceso de incorporación). También desarrolla actividades de actualización, especialmente con la organización del Congreso Argentino de Medicina del Trabajo que se lleva a cabo cada dos años. Y fundamentalmente auspiciando y favoreciendo actividades de actualización de la especialidad que proponen las Sociedades Miembros. Como corolario de esta actividad de actualización, la FAMETRA está reconocida ante la Academia Nacional de Medicina para certificar la especialización de los Médicos del Trabajo y la recertificación de dicho título cada cinco años.

Román Mancini

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